-
Revisar, modificar y autorizar el proyecto de presupuesto anual de ingresos y egresos del Hospital, a fin de que se sometan a la consideración de las autoridades respectivas y, una vez sancionado, vigilar su correcta aplicación;
-
Aprobar el Estatuto Orgánico, el Reglamento Interior, los Manuales y demás documentos técnico-administrativos para el buen funcionamiento del Hospital;
-
Aprobar los planes de labores, los programas e informes de actividades y estados financieros periódicos;
-
Vigilar el cumplimiento de la política y normas que se determinen en materia de cuotas de recuperación, información en salud, investigación, superación profesional y técnica y otras similares;
-
Autorizar la aplicación y asignación de aquellos recursos que hayan sido captados por el Hospital a través de donativos o de ingresos por los servicios que preste;
-
Aprobar los sueldos y prestaciones de los trabajadores, de conformidad a lo dispuesto en la Ley del Servicio Civil y el Presupuesto de Egresos autorizado;
-
Nombrar a los miembros del Patronato y removerlos por causa justificada, con excepción del Presidente del mismo, quien será designado por el Presidente de la Junta Directiva;
-
Autorizar al Director General para que de manera directa realice los trámites administrativos relacionados con los movimientos en la plantilla del personal del “Hospital del Niño Morelense”, con la obligación de notificar sus incidencias oportunamente;
-
Facultar al Director General para que realice la adquisición de insumos, bienes y/o servicios conforme a la normatividad y bajo los parámetros que establece la ley de la materia, así como las demás disposiciones aplicables; y
-
Las demás funciones que le confiera la Ley de Organismos Auxiliares de la Administración Pública Estatal, el Estatuto Orgánico y las disposiciones reglamentarias del “Hospital del Niño Morelense”.